El Tribunal Constitucional (TC) de Chile resolvió declarar inconstitucional un préstamo de 400 millones de dólares que otorgó a este país el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) para financiar mejoras en el sistema de transporte público de Santiago.
En junio pasado la oposición indicó que el Gobierno infringió el principio de legalidad y las atribuciones del Parlamento al solicitar los recursos, ya que las líneas de crédito se realizaron por decreto y no por ley. Entregando su visión y argumentos al Tribunal Constitucional de Chile.
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“Considerando la conveniencia de dar a conocer en forma oportuna a los intervinientes y a la opinión pública lo resuelto por mayoría de votos” respecto de acoger el requerimiento, el mismo se declara “inconstitucional”, declaró el presidente del TC, Juan Colombo, a los periodistas y medios de comunicación.
Explicó que una vez que la redacción de la sentencia se publique se especificará si el Estado debe devolver los dineros.
Asimismo, descartó que el organismo que dirige esté evaluando una eventual acusación constitucional en contra de los ministros de Transporte, René Cortázar, y de Hacienda, Andrés Velasco.
Acuerdo del Pleno de Ministros sobre causa Rol 1153-08
ACUERDO
Santiago, dos de septiembre de dos mil ocho. Vistos y teniendo presente la naturaleza del asunto decidido y atendido lo dispuesto en el articulo 8° de la Constitución Política de la República y lo preceptuado en el articulo 4° de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional y
Considerando la conveniencia de dar a conocer en forma oportuna a los intervinientes y a la opinión pública lo resuelto por mayoría de votos en la causa Rol N° 1153-08, sobre requerimiento de inconstitucionalidad presentado por 16 señores Senadores en contra de los Decretos Supremos N°s 45, 46 y 583, todos de 2008, el Tribunal decide comunicar que dichos acuerdos fueron los siguientes:
Adicionalmente el Tribunal decide:
1º Comunicar los acuerdos descritos en las letras a), b) y c) precedentes a los abogados de la Presidenta de la República y de los Senadores requirentes y, hecho esto, darlos a conocer a la opinión pública.
2º Una vez aprobada la redacción de la sentencia y suscrita por todos los Ministros, notifíquese a las partes y publíquese en el Diario Oficial y en la página web del Tribunal.
Acordado por el Excmo. Tribunal Constitucional, por la unanimidad de los miembros presentes en la sesión de esta fecha, quienes lo suscriben. Se certifica que el Ministro señor Jorge Correa Sutil concurrió a la vista de la causa y participó en las decisiones señaladas en las letras a), b) y c) del presente acuerdo y no firma por encontrarse ausente.
Transantiago Chile · Publicación: Noticias